Debido a que la venta ambulante genera una competencia para los locales establecidos en Arroyo Seco y que la competencia misma sólo resulta beneficiosa si no es desleal entre otras cuestiones, fue lanzado el proyecto. Mediante el artículo 101 se establecerá que los vendedores sin domicilio en la ciudad deberán concurrir a la Oficina de Habilitaciones e Inspecciones de la Industria, Comercio y Servicio de la municipalidad, previo a realizar las actividades comerciales. Esto le concederá un permiso de comercio que se fijará por día, semana o mensualmente según tenga o no vehículo con los siguientes importes:
- Sin vehículo: por día y por vendedor $300, por semana y por vendedor $900, por mes y por vendedor $1.200
- Con vehículo: por día y por vendedor $ 500, por semana y por vendedor $1.500, por mes y por vendedor $3.000
- Con Pick-Up: por día y por vendedor $800, por semana y por vendedor $2.400, por mes y por vendedor $3.800
-Con camión: por día y por vendedor $1.250, por semana y por vendedor $3.750, por mes y por vendedor $7.500
Cuando la venta ambulante o con puesto fijo requiera para el traslado de mercadería un vehículo especial, se deberá cumplir con las disposiciones vigentes en materia de seguridad y salubridad que permite el trámite correspondiente según la ordenanza.
